La ministra Antonia Orellana destacó que «desde noviembre, las liquidaciones de las deudas van a ser mensuales».

«El juez de familia enviará un oficio a las instituciones financieras para detectar cualquier saldo, depósito o ahorro en instituciones financiera», agregó.

El Congreso aprobó de forma unánime y despachó el proyecto de Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos.

La iniciativa genera una serie de cambios para implementar un procedimiento especial para el cobro de pensiones de alimentos adeudados mediante la recaudación de los ahorros previsionales del progenitor deudor.

Antonia Orellana, ministra de la Mujer y Equidad de Género, comentó que «desde noviembre, las liquidaciones de las deudas van a ser mensuales. Ya no van a tener que ser las mujeres las que vayan mes a mes a liquidar la deuda».

«Acumulado tres meses de no pago continuo descontinuoeso incluye el pago incompleto, se va a activar el mecanismo especial en el que el juez de familia enviará un oficio a las instituciones financieras que dependan de la CMF para detectar cualquier saldo, depósito o algún ahorro en instituciones financieras que pueda pagarse con beneficio al alimentante. En el caso de no existir saldos en esas cuentas financieras, se podrá optar, como mecanismo de último recurso, a los fondos de pensiones disponibles en la cotización previsional del deudor«, detalló la ministra.

Respecto a este último punto, la ley establece que si al deudor le quedan menos de 15 años para jubilarse podrá acceder hasta el 50 por ciento de sus ahorros previsionales para el pago de las pensiones alimenticias adeudadas; si al deudor le faltan entre 15 y 30 años para jubilarse podrá hasta el 80 por ciento de los ahorros de pensiones; si al deudor le quedan más de 30 años para jubilar, el límite del dinero que se puede recaudar de las cuentas de capitalización individual podrá ser de hasta el 90 por ciento de los ahorros.

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